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Declaran inválida la objeción de conciencia; exhortan a establecer límites

  • septiembre 21, 2021
Declaran inválida la objeción de conciencia; exhortan a establecer límites

México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación, declaró inválida la figura de la objeción de consciencia en la Ley General de Salud (LGS), a pesar que ya la había reconocido como constitucional, debido que el Congreso de la Unión no estableció parámetros claros para este derecho.

Este martes los ministros retomarán el tema para establecer límites claros entre el derecho de los médicos y enfermeras a negarse a realizar algún procedimiento y el derecho de las mujeres a interrumpir voluntariamente su embarazo.

Se discutirá cuales son los lineamientos que deben incluir los legisladores federales, además se enviará un exhorto al Congreso de la Unión para que esta ley sea corregida.

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El artículo 10 bis de la Ley General de Salud establece que: “el personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud, podrá ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la presentación de servicios que establece la Ley.

“Cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia  médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia, en caso contrario se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional. El ejercicio de objeción de conciencia no derivará en ningún tipo de discriminación laboral”.

El ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, advirtió en el pleno que esta figura es comúnmente usada por el personal médico para no realizar abortos, por lo que puede ser utilizada como herramienta para impedir que las mujeres ejerzan su derecho a decidir.

La objeción de conciencia es la figura por la cual, el personal de salud puede negarse a participar en ciertos procedimientos por razones ideológicas, religiosas o éticas.

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