Suprema Corte da revés a cobros con parquímetros en el municipio de Puebla

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 El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio revés al artículo 57, fracción XI, de la Ley de Ingresos de Puebla, para el ejercicio fiscal 2023, en el cual se establecía el cobro por ocupación de espacio para estacionamiento de vehículos, realizado por parquímetros.

En ese sentido, la Corte señaló que en el artículo impugnado no se especificaba la temporalidad a la que corresponden las cuotas, por lo que no existía la base del derecho sobre en que se basaba la tarifa a pagar.

Asimismo, se argumentó que en el último párrafo de la fracción XI se establecía que los montos a pagar se sujetarían a los lineamientos emitidos por la autoridad municipal, lo cual implicaba una violación al principio de legalidad tributaria.

De la misma manera, la Suprema Corte determinó que se transgredió el derecho de seguridad jurídica de los contribuyentes, puesto que no existía una certeza del pago que debían realizar.

Por ello, se instó al Congreso de la entidad a abstenerse de emitir normas que presenten vicios de inconstitucionalidad, como lo realizado con los parquímetros.